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19 de diciembre de 2016

Capitulo E.- Igualdad de género

Se han atendido las observaciones y comentarios manifestados por los países, agencias, organizaciones y otros actores en relación con la propuesta preliminar de indicadores. En respuesta a algunos de esos planteamientos, se incluyeron dos indicadores que no estaban en la propuesta preliminar de indicadores: el primero sobre la incorporación o no del enfoque de las nuevas masculinidades en los contenidos curriculares educativos en los países de la región, mientras que el otro se centra en medir el femicidio o feminicidio.

Atendiendo algunas observaciones referentes a la propuesta preliminar de indicadores y aunque para los indicadores E.11 y E.12 se mantiene la redacción original debido a que se han tomado de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, también se recomienda incluir en la medición el grupo de 10 a 14 años de edad. En contrapartida, hay un indicador de los ODS y dos de la Guía operacional para la implementación y el seguimiento del Consenso de Montevideo sobre Población y Desarrollo cuya redacción se ha ajustado por las siguientes razones: i) el indicador original 5.c.1 de los ODS (Proporción de países que cuentan con sistemas para dar seguimiento a la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer y asignar fondos públicos para ese fin) se ha ajustado en el presente instrumento para el indicador E.1, con la intención de determinar si existen en el país los sistemas necesarios para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, y ii) de la misma manera se ajustaron los indicadores 59.1 y 62.1 de la Guía operacional, para así reflejar con mayor claridad los comentarios realizados sobre estos indicadores en la propuesta preliminar de indicadores.

Asimismo, tres indicadores de los ODS que, en la propuesta preliminar de indicadores, se incluían dentro de este capítulo E han pasado al capítulo A en la presente revisión, ya que están vinculados a las dimensiones del bienestar. Se trata de los indicadores 8.5.1, 8.5.2 y 16.7.1.

Los indicadores E.11, E.12 y E.13 guardan una innegable relación con el D.17, pero se ha decidido conservarlos, por la importancia de advertir puntualmente la violencia en contra de las mujeres y las niñas, y se recomienda además la inclusión del grupo etario de 10 a 14 años de edad en las mediciones para estos indicadores.

Para el indicador añadido sobre el femicidio, feminicidio u homicidio agravado por razones de género (de acuerdo con la denominación establecida por la legislación de cada país), se revisó tanto el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), como el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género y la labor del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe, de donde se toma la redacción del indicador.

Un elemento a resaltar en este instrumento es la inclusión del indicador E.4, proveniente de la Guía operacional, aun cuando a nivel regional son claros los rezagos en la legislación sobre el acoso político. Un país que ha avanzado en este sentido es el Estado Plurinacional de Bolivia, con la Ley Nº 243 Contra el Acoso y Violencia Política hacia las Mujeres, de modo que, ante la ausencia de términos aceptados regionalmente, en el glosario del anexo A1 se rescatan las definiciones de acoso político y violencia política contenidos en dicha Ley, además de la definición estipulada en el MESECVI.

Tal como se menciona en la parte introductoria del capítulo E de la Guía operacional, de forma adicional a la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, varios de los indicadores que aquí se revisan parten de otros instrumentos e instancias ya existentes, como la Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995), el Consenso de Santo Domingo (2013), el Consenso de Brasilia (2010) y el Consenso de Quito (2007), la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o Convención de Belém do Pará (1994).

Por último, en esta revisión se reitera la relevancia de la desagregación de la información siguiendo la pauta marcada por la meta 17.18 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, siempre que el indicador y la fuente de información lo permitan.

Cap.IndicadorDescripciónObservacionesPrior.Responsable
E.1 El país cuenta con sistemas para dar seguimiento a la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer y asignar fondos públicos para ese fin.En este instrumento se ajusta el indicador de los ODS para detectar si en el país existen los sistemas mencionados. Adaptado del indicador 5.c.1 de los ODS.


-Minmujeryeg
- Minsal / Diprece
-Minsal / DEIS
-Minsal / División Jurídica

-Economía: INE
E.249.2 de la Guía operacionalPorcentaje de presupuestos gubernamentales con asignación específica de recursos para la igualdad de género
-Minmujeryeg
-M.HACIENDA
- Minsal / Diprece
-Minsal / DEIS
-Minsal / División Jurídica

-Economia: INE
E.3 47.3 de la Guía operacional
Porcentaje de gobiernos municipales y locales que cuentan con oficinas o unidades de igualdad
de género para el desarrollo de las mujeres
-Minmujeryeg

- Economia: INE
E.4 52.2 de la Guía operacionalExistencia de legislación y reglamentación para sancionar y penalizar el acoso político contra las mujeres
No existe una definición regionalmente aceptada. Se sugiere considerar tanto la Ley Nº 243 del Estado Plurinacional de Bolivia, como el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará
(MESECVI).
2?-Minmujeryeg
E.5 5.5.1 de los ODSProporción de escaños ocupados por mujeres en los parlamentos nacionales y los gobiernos locales
Se deberá desarrollar posteriormente la metodología de este indicador, para lo cual se recomienda seguir la pauta para el indicador de los ODS que proponen la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y la Unión Interparlamentaria (UIP). En el componente de “Autonomía en la toma de decisiones” del Observatorio
de Igualdad de Género, hay indicadores que pueden servir para la medición de este indicador.
1Consejo Nacional ODS
E.6
5.5.2 de los ODSProporción de mujeres en cargos directivos
Deberá considerarse el detalle sobre los cargos por áreas, planteado por ONU-Mujeres en los metadatos para el indicador de los ODS. En el componente de “Autonomía en la toma de decisiones” del Observatorio de Igualdad de Género, hay indicadores que pueden servir para la medición de este indicador.1Consejo Nacional ODS
E.7 64.1 de la Guía operacionalTiempo total de trabajo (número de horas de trabajo remunerado y no remunerado) por sexo
En el componente de “Autonomía económica” del Observatorio de Igualdad de Género, hay indicadores
que pueden servir para la medición de este indicador.
1- INE
-BCN


-Minmujeryeg
-Trabajo
E.8 5.4.1 de los ODS Proporción de tiempo dedicado a quehaceres domésticos y cuidados no remunerados, desglosada por sexo, edad y ubicación
Existen diferentes fuentes y metodologías para medir el uso del tiempo y los cuidados. En el componente de “Autonomía económica” del Observatorio de Igualdad de Género, hay indicadores que pueden servir para la medición de este indicador.1?- Consejo Nacional ODS
E.9 Incorporación de la igualdad de género dentro de los contenidos mínimos de las currículas de la enseñanza básica y secundaria.
Indicador de la Guía operacional (59.1) modificado a partir de la revisión de la propuesta preliminar de indicadores.-Minmujeryeg
-Mineduc
- MINSAL / DIPRECE / SSyRep y GENERO

- INE
E.10 Incorporación del enfoque de nuevas masculinidades dentro de los contenidos mínimos de las currículas de la enseñanza básica y secundaria.
Este indicador no estaba en la propuesta preliminar de indicadores, sino que se incorporó como respuesta a las observaciones planteadas.Minmujeryeg
-Mineduc
- MINSAL / Diprece / Progr Niñ@
-Minsal / Diprece /Jóvenes y adolescentes

- INE
E.11 5.2.1 de los ODSProporción de mujeres y niñas de 15 años de edad o más que han sufrido en los 12 meses anteriores violencia física, sexual o psicológica
infligida por un compañero íntimo actual o anterior, desglosada por la forma de violencia y por edad.
El indicador debería incluir al grupo etario de 10 a 14 años de edad. En el componente de “Autonomía física” del Observatorio de Igualdad de Género, hay indicadores que pueden servir para la medición de este indicador.- Consejo Nacional ODS
E.12 5.2.2 de los ODS
Proporción de mujeres y niñas de 15 años de edad o más que han sufrido en los 12 meses anteriores violencia sexual infligida por otra persona que no sea un compañero íntimo, por edad y lugar del hecho.
El indicador debería incluir al grupo etario de 10 a 14 años de edad.- Consejo Nacional ODS
E.13 Tasa de femicidio o feminicidio (homicidios de mujeres de 15 años y más de edad, asesinadas por razones de género, por cada 100.000 mujeres).
Este indicador no estaba en la propuesta preliminar de indicadores, sino que se incorporó como respuesta a las observaciones planteadas. En el componente de “Autonomía física” del Observatorio de Igualdad de Género, hay indicadores que pueden servir para la
medición de este indicador.
1-Minmujeryeg
-M.Publico
-Minjus
- Minsal / DIPRECE
-Minsal / DIGERA
-Economía: INE
E.14 Porcentaje de indicadores oficiales a escala de la población que cuentan con desagregación por sexo.
Indicador de la Guía operacional (62.1) modificado a partir de la revisión de la propuesta preliminar de
indicadores.
1 -Economia (INE)


E.15 62.2 de la Guía operacional
Porcentaje de sistemas oficiales de indicadores que incorporan la perspectiva de género según sector -Economia (INE)
-Minmujeryeg
-MINSAL / DEIS